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"Bolsitas por votos"

Montoya, Ocampo y González anticipan una nueva denuncia penal contra Mario Brignole tras escandaloso video en El Colorado

En el marco de una reciente visita a la ciudad de El Colorado, los doctores Julieta González, Marcelo "Pepe Guapo" Ocampo y Juan "Juanchi" Montoya trás reunierse con los concejales radicales Emanuel Zieseniss, Fulvio Monfardinini y Pablo López Pereyra, y sus respectivos equipos técnicos y jurídicos, para analizar la preocupante situación institucional que atraviesa la localidad, donde según denunciaron, "el Estado ha sido convertido en una herramienta de extorsión electoral y enriquecimiento familiar".

Durante el encuentro, los abogados adelantaron que presentarán una nueva denuncia penal contra el intendente Mario Brignole, tras la aparición de un video que —según explicaron— podría constituir prueba directa de la comisión de múltiples delitos penales, tanto de competencia federal como provincial.

En el registro audiovisual se observa a Brignole instruyendo a punteros políticos y vecinos sobre un mecanismo sistemático de clientelismo electoral, indicando que las bolsas de mercadería serán entregadas únicamente a quienes presenten el troquel de votación junto al comprobante de haber votado la "boleta azul completa", lista que el propio jefe comunal es candidato.

Posibles delitos

Los letrados sostienen que este accionar no solo representa una grave violación ética, sino que además encuadra en diversas figuras delictivas tipificadas en el Código Penal y en la legislación electoral argentina, entre las que se destacan:

Cohecho electoral (art. 139 del Código Electoral Nacional)
Peculado (art. 261 del Código Penal)
Abuso de autoridad (art. 248)
Fraude electoral
Asociación ilícita (art. 210)
Enriquecimiento ilícito y lavado de activos

En este sentido, el Dr. Montoya —quien ya ha patrocinado otras denuncias contra Brignole por corrupción y enriquecimiento ilícito— remarcó que "la utilización de fondos públicos y bienes del Estado con fines proselitistas personales, además de ser inmoral, es delictiva y debe ser sancionada penalmente con todo el peso de la ley".

Los profesionales también señalaron que, de confirmarse estas conductas, las penas previstas incluyen privación efectiva de la libertad y la inhabilitación para ejercer cargos públicos, tal como establecen las normativas vigentes.

El poder como herramienta de sometimiento

"En El Colorado, el Estado se transformó en un feudo", sostuvo Julieta González, quien resaltó que lo más grave no es solo el desvío de recursos públicos, sino la normalización de prácticas políticas que condicionan el voto a la necesidad de alimentos o favores, y que dejan en evidencia un modelo de gestión autoritario, clientelar y profundamente injusto.

Por su parte, Ocampo lamentó que este tipo de maniobras, lejos de generar rechazo inmediato, se hayan naturalizado como parte del funcionamiento cotidiano del poder, y aseguró que "la justicia debe dar una respuesta clara y ejemplar, para que ningún otro intendente crea que puede hacer campaña con la necesidad del pueblo".

Denuncias anteriores

Cabe recordar que el intendente Brignole, referente del Frente de la Victoria y jefe comunal de El Colorado desde 2003, ya ha sido denunciado penalmente por los concejales radicales Zieseniss, Monfardinini y López Pereyra, por los delitos de enriquecimiento ilícito, lavado de activos, negociaciones incompatibles con la función pública y asociación ilícita.
La nueva denuncia se sumará a este conjunto de causas, consolidando un expediente de alta gravedad institucional.

DELITOS:

1. Cohecho Electoral (o "compra de votos")
Artículo 139 del Código Electoral Nacional

"Será reprimido con prisión de uno a tres años el que con dádivas, promesas de dádivas, violencia o intimidación, compeliere a un elector a votar de determinada manera o a abstenerse de hacerlo."

En este caso, entregar una bolsa de alimentos o mercadería a cambio del voto entra en la categoría de "dádiva", y es una forma de compeler o inducir al voto mediante prebendas.

➡️ Pena: prisión de 1 a 3 años, y posible inhabilitación.

 
2. Malversación de caudales públicos
Artículo 260 del Código Penal

"Será reprimido con prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo."

Si la mercadería fue comprada con fondos públicos o recursos del Estado, se puede configurar malversación, especialmente si se destina con fines partidarios y no a programas oficiales aprobados por ordenanza o ley.

 
 3. Abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público
Artículo 248 del Código Penal

"Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a la Constitución o leyes nacionales [...] o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere."

ABUSO DE PODER: Usar su cargo y recursos públicos para favorecer su propia candidatura o la de su partido en las elecciones, configura claramente abuso de poder y desviación de función pública.

 
 4. Violación de la ley de financiamiento de los partidos políticos
Ley 26.215 - Financiamiento de los Partidos Políticos

Prohíbe la utilización de recursos públicos para el financiamiento directo o indirecto de campañas políticas.

El uso de mercaderías del Estado como herramienta de campaña viola esta ley y puede conllevar sanciones penales y administrativas.

  5. Asociación ilícita (en casos organizados y reiterados)
Artículo 210 del Código Penal

"Serán reprimidos con prisión de tres a diez años los que tomaren parte de una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos."

Si este sistema clientelar se organiza de forma estructurada, con funcionarios, punteros, vehículos oficiales, depósitos de mercadería y listas de votantes, podría encuadrarse en asociación ilícita.